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Presunción de inocencia

Parte nodal del debido proceso, el principio de presunción de inocencia garantiza que durante un juicio se pruebe la culpa y no la inocencia de una persona imputada de delito; está plasmado como garantía procesal en múltiples acuerdos internacionales y desde 2008 fue incorporado a la Constitución mexicana como parte de los derechos que conforman el debido proceso.

Lo establece el Artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, al preciar que «Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa».

Asimismo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos prevé en su Artículo 8 que «Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se establezca legalmente su culpabilidad». Y en términos semejantes se asienta en Artículo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU.

Estos tratados han sido ratificados por el Estado mexicano pero no fue sino hasta 2008, con la aprobación de la Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia, que se incorporó la presunción de inocencia como derecho explícito en la Constitución.

De este modo, hoy el Artículo 20 incluye «entre los derechos de toda persona imputada» el de «que se presuma su inocencia mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por el juez de la causa».

Aunque parece obvio, el anacrónico sistema de justicia penal inquisitorio todavía vigente en nuestro país tiene entre su catálogo de vicios más dañinos el presumir la culpabilidad de las personas imputadas, claudicando así el Estado de su responsabilidad procesal de demostrarla en juicio y ante la autoridad competente.

Tal práctica motiva que se use de forma indiscriminada la «prisión preventiva», privando de libertad a las personas hasta que un juez emita una sentencia y sin antes demostrar que representan un riesgo para la víctima, la sociedad o para el adecuado desarrollo del proceso penal. Hoy se encuentran en esa situación unas 100 mil personas en el país.

Desde la sociedad civil, el Instituto de Justicia Procesal Penal está comprometido con el éxito de la reforma del sistema de justicia penal, el cual materializará por fin el pleno ejercicio del derecho a la presunción de inocencia y el debido proceso, en consecuencia, permitirá acotar al mínimo la «prisión preventiva» y garantizar una defensa adecuada en todas las etapas del proceso penal.